Avería de Maquinaria

La Avería de Maquinaria es una cobertura importante que nos protege de los daños a nuestra maquinaria, pero ha se ser con cláusulas limitativas especiales para este sector.

Cobertura

Los daños y pérdidas materiales sufridos por la maquinaria como consecuencia de una causa exterior, accidental, súbita e imprevisible que se encuentre en funcionamiento o esté parada, o se haya desmontado para operaciones de limpieza o revisión.

Impericia (falta de experiencia), negligencia, Incendio, caída del rayo, explosión, robo, expoliación, caída, vuelco impacto, colisión, descarrilamiento, hundimiento del terreno, caída de rocas, deslizamiento, corrimiento de tierras, avenida, e inundación

MUY IMPORTANTE

Esta es una cláusula muy común en el sector asegurador:

“Una vez pagada la indemnización y sin que haya necesidad de ninguna otra cesión, traslado, título o mandato, el Asegurador queda subrogado en todos los derechos, recursos y acciones del Asegurado, contra todos los autores o responsables del siniestro.”

Las empresas que tienen contratada este tipo de póliza, generalmente lo indican en sus contratos de alquiler:

“El arrendador tiene suscrita una póliza en la que se garantizan los daños propios de las máquinas a consecuencia de:

Incendio, rayo, explosión ajena al funcionamiento de la máquina, hundimiento o desprendimiento del terreno, hechos derivados de la Naturaleza, actos vandálicos, golpes, vuelcos, robo y riesgos catastróficos amparados por el Consorcio de Compensación de seguros, con una franquicia a cargo del Arrendatario de………….€.”

Y en la factura las empresas suman un 7% en concepto de Seguro

En estos casos la póliza sólo cubre al arrendador y no al arrendatario, con lo que en caso de siniestro, la aseguradora repercutirá contra el arrendatario con las consecuencias que una demanda judicial de este tipo pudiera tener para nosotros.